Tras la emisión de la Ley 31433, todos los alcaldes y gobernadores regionales están obligados a realizar dos audiencias públicas. Sin embargo, según el Defensor del Pueblo en Puno, Jacinto Ticona Huamán, el 30% de autoridades no cumplieron con esta norma, por lo que deberán de responder ante la Contraloría y Fiscalía por incurrir en el delito de omisión de deberes funcionales.
“Algunas autoridades realizaron esta actividad, pero otras no lo hicieron, en mi opinión porque se les venció el plazo (setiembre). Yo creo que van a tener que responder estas ante la Contraloría o Fiscalía”, expresó Ticona Huamán, respecto a las responsabilidades legales que podrían variar entre los 3 años de pena privativa de la libertad.
El funcionario precisó que esta disposición se da en merito a Ley 31433 que modifica la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que las actuales autoridades, desde el presente año, deben realizar dos audiencias públicas, la primera en el mes de mayo, y la segunda en el mes de setiembre.
“Esta modificatoria no es un mandato, es una obligación. Es por esto que digo que van a tener que responder frente a la autoridad penal”, agregó el funcionario público.