El abogado Julio César Castiglioni señaló este viernes que al gobernador regional electo Luis Torres Robledo nada le impide ejercer el cargo a partir del 1 de enero de 2023, ya que su condición jurídica debe cambiar de arresto domiciliario a comparecencia restringida y hasta puede ejercer funciones en su domicilio porque no pesa sobre él una condena.
Precisó que según las normas, para que proceda una vacancia debe existir una condena consentida y ejecutoriada, es decir, que no haya ningún pendiente en el Tribunal Constitucional. Mencionó que el caso de Torres se encuentra en etapa preliminar probatoria, no tiene sentencia y actualmente se recaban pruebas.
«Él podría pedir juramentar en su vivienda, nada se lo impide», enfatizó, recalcando que el electo gobernador no reúne las tres causales para que siga en prisión preventiva en su domicilio.
Sobre el peligro procesal para evitar el mandato de detención, Castiglioni dijo que no existe porque Torres es gobernador electo.
En cuanto al entorpecimiento del proceso en la etapa probatoria, el abogado afirmó que después de dos años el fiscal a cargo del caso demuestra ineficiencia porque no reunió pruebas, y respecto del peligro de fuga o falta de arraigo, precisó que tampoco tienen sustento porque Torres es autoridad electa y posee casa y negocio.
«La Corte Superior de Justicia le reconoce dos, no sé por qué pide más», recriminó a la vez de indicar que una vez que se proclamen oficialmente los resultados de las elecciones regionales, se debe esperar que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) entregue las credenciales, lo que puede ocurrir en la vivienda de Torres.
Luego su defensa técnica deberá pedir la cesación del arresto domiciliario, explicó. El letrado señaló que en caso se niegue este pedido en primera y segunda instancias, el electo gobernador deberá recurrir en casación a la Corte Suprema de Justicia, aunque advirtió que si se llega a este escenario, el Poder Judicial estaría cometiendo prevaricato porque se impediría a Torres Robledo ejercer su función cuando cumple los tres requisitos para que se deje sin efecto la prisión preventiva.