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Favorecieron a empresas con adjudicaciones por S/ 1 millón

En comuna de Tacna beneficiaron a dos empresas en plena epidemia de coronavirus.

En comuna de Tacna beneficiaron a dos empresas en plena epidemia de coronavirus.

Tacna. Los miembros del comité de selección de tres procesos de licitación favorecieron a dos empresas con la adjudicación de trabajos de mantenimiento de caminos vecinales por S/ 1 millón 118 mil 322,56, reveló el órgano de control institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial de Tacna (MPT). En el informe de control específico 026-2021 se detalla el hallazgo de presunta responsabilidad penal y administrativa en Eberth Jesús Pari Yujra, Jorge Luis Zapana Quispe y Jorge Aníbal Espinoza Chaiña, quienes conformaron el comité de selección a cargo de la licitación.

El OCI observó que dichos servidores de la MPT no admitieron las ofertas de otros postores solo por aspectos formales que no alteraban el contenido de las mismas, impidiendo su acceso a la evaluación de ofertas y otorgamiento de buena pro a pesar de que cumplieron la presentación de los documentos obligatorios establecidos en las bases administrativas. Es así que permitieron que solo se admita y evalúe a un único postor, el consorcio GR, integrado por las empresas Grupo GR Contratistas SAC y Basscon Constructores SAC, al que se adjudicó tres obras de mantenimiento de caminos vecinales por S/ 272 mil 761,60, S/ 477 mil 332,80 y S/ 368 mil 228,16.

El órgano de control advirtió que los hechos mencionados contravienen lo establecido en el decreto de urgencia 070-2020, reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y otras normativas. Según el OCI, de las quince ofertas no admitidas cuatro sí cumplieron la presentación de la documentación requerida. Se trata de Arunta Contratistas SAC, R&L Constructac SRL, Tracto Latino Americano SAC y Consorcio del Sur. El comité de selección no admitió a los demás postores solo por haber empleado el símbolo “S/.” en lugar de “S/”, pese a que el Tribunal de Contrataciones del Estado se pronunció indicando que la diferencia del antiguo y nuevo símbolo de la unidad monetaria nacional no genera confusión y no es motivo válido para declarar la inadmisión de una oferta.

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