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Ciudadanos que no tienen la obligación de ir a votar

Asistentes deberán ir a su local de votación con su documento de identidad.

Asistentes deberán ir a su local de votación con su documento de identidad.

Cercado. El próximo domingo, millones de peruanos elegirán al presidente de la República, a los miembros del Congreso y del Parlamento Andino en las Elecciones Generales 2021 para el periodo gubernamental que irá hasta el 2026.

Empero, debido a que los comicios se celebrarán en medio de la pandemia de la covid-19 y una segunda ola de contagios, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha establecido que en este proceso no toda la población está obligada a ejercer su voto el 11 de abril.

NO ASISTEN A VOTAR

A los mayores de 70 años, que según el artículo 9 de la Ley Orgánica de Elecciones están exonerados de votar en todo tipo de elecciones, se sumará la población considerada de riesgo frente al coronavirus. Es decir, las personas mayores de 65 años, los que tienen obesidad o enfermedades como diabetes, hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares graves, pulmonares crónicas, cáncer, entre otras.

Para no figurar como omisos y ser pasivos de recibir una multa, dichos electores deberán presentar una Dispensa Virtual en el portal https://dispensavirtual.jne.gob.pe/login desde el día siguiente del sufragio.

TRÁMITE DISPENSA

El servicio virtual estará habilitado las 24 horas del día y los siete días de la semana, las solicitudes registradas serán atendidas en un plazo máximo de dos días. Para iniciar el proceso digital, deberá insertar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI), código de ubigeo y grupo de votación.

Luego seleccionará la causal por la que no asistió a votar o ser miembro de mesa. Y deberá adjuntar la documentación que sustente su solicitud.

OTROS OMISOS

Cabe recordar que también pueden presentar dispensas los ciudadanos que viajen al extranjero para realizar estudios académicos durante los días contiguos a las elecciones de 2021. Igual los ciudadanos que salen del país para ser atendidos por motivos de salud, por desastres naturales o humanos.

Así como por errores en el Padrón Electoral, defectos dentro del sistema electoral o fallas de algún personero encargado del sufragio. Asimismo, el fallecimiento de un familiar directo es causal para no asistir a votar el domingo 11 de abril.

Finalmente, las personas con algún tipo de discapacidad física, mental, sensorial y/o intelectual están exoneradas del sufragio. También los ciudadanos que sufran un robo o pierdan su DNI cerca al proceso electoral.

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