El último viernes 12 de marzo venció el plazo para que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resuelva las tachas y exclusiones de candidatos por omisiones o información falsa consignada en las declaraciones juradas de sus hojas de vida, y por la entrega de dádivas.
Como resultado del último filtro, la lista por la región Arequipa se redujo de 120 a 101 postulantes al Congreso.
De los 19 candidatos que ya no continúan en carrera, nueve han sido excluidos básicamente por tres cuestiones: no haber declarado sus sentencias condenatorias por delito doloso, no declarar sentencias en materia civil, y por omitir información sobre sus bienes y rentas.
Dos candidaturas (Regina Lavalle, Acción Popular; e Isidro Flores, Podemos Perú) fueron declaradas improcedentes. Lavalle porque renunció a su partido y en consecuencia no brindó su consentimiento para participar en los comicios del 11 de abril. En tanto que Flores fue observado por no declarar sus ingresos en el sector privado.
Tampoco participarán dos candidatas de Juntos Por el Perú, Victoria Begazo Beltrán y Tatiana Rodríguez Heredia, ya que presentaron su renuncia por motivos personales. Asimismo, los candidatos del Apra Jorge Chirinos, Michelle Calle, David Manrique, Gladys Juro, César Quispe y Ana Venegas fueron retirados por una decisión de las bases central del partido, luego de solo haber inscrito cuatro nóminas a nivel nacional.
CANDIDATOS EXCLUIDOS
El número mayor de candidatos que quedaron fuera de la contienda pertenecen al partido Perú Patria Segura. De dicha lista, Lizet Apaza Bejarano, Clemente Lupo Puma y George Castillo Pacheco fueron excluidos por no haber declarado en sus hojas de vida la relación de sentencias que fueron declaradas fundadas o fundadas en parte en contra de su persona.
También del Frente Amplio se excluyó a los candidatos María Escobar Mamani y Juan Carlos Picón Pashani. Ella por no declarar ingresos, pese a que consignó haber trabajado en el sector agricultura desde el 2010 al 2020. Por su parte, Picón omitió consignar sus sentencias condenatorias firmes impuestas por delitos dolosos, y las sentencias con reserva del fallo condenatorio. Situación similar registra Robert Gutiérrez Zúñiga y Tatiana Casillas Talavera, de Alianza Para el Progreso, por no haber consignado el registro de sentencias en sus hojas de vida.
Finalmente, John Frisancho Maydana, Partido Nacionalista; y Daniel Carreón Flores, Democracia Directa, fueron excluidos. El primero por no declarar que en el año 2011 registra una sentencia por violencia familiar contra su conviviente de ese momento. En tanto que Carreón no informó que registra antecedentes penales por el delito de peculado.