Cercado. En Arequipa aún no se aprobó ninguna solicitud para la suspensión perfecta de trabajadores. De 2.900 peticiones presentadas, más de 1.500 siguen en evaluación, 454 fueron declaradas improcedentes y se emitieron 521 resoluciones de desaprobación. Pero al menos el 30% de las solicitudes en trámite procederían por nuevas facilidades.
José Luis del Carpio, gerente regional de Trabajo, explica que por el alto rechazo de peticiones presentadas por empresas (95%), el Gobierno flexibilizó las condiciones para que proceda la medida.
En el Decreto de Urgencia N° 072-2020 se extiende el subsidio de protección económica de S/ 760 para las empresas que tengan de 1 a 100 trabajadores. Antes solo podían recibir el beneficio los trabajadores en suspensión que laboraban en microempresas (10 trabajadores). Cabe precisar que si el empleado recibió otro bono no accederá a este subsidio.
Y con el Decreto Supremo N° 015-2020 se establece que las empresas solo deben acreditar que no tuvieron ventas un mes antes. Antes la norma (DS 011-2020) exigía que debían recurrir a medidas alternativas menos dañinas (vacaciones, trabajo remoto, reducción de horario o salario) y probar la negociación de las mismas. Y muchos no cumplieron el requisito.
«Ahora ya no es necesario que acredite la negociación, es como una válvula de escape para que mayor número de solicitudes sean aprobadas», señala Del Carpio.
Además, la norma se aplicará incluso sobre las solicitudes que están en trámite.
«Automáticamente nosotros resolvemos con estas modificatorias», añade.